Plan LGTBI: Obligatoriedad a partir de Marzo 2024.

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El objetivo de la Ley 4/2023 para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI es “desarrollar y garantizar los derechos de las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersexuales”.

Las organizaciones con más de 50 personas en plantilla estarán obligadas a tener un conjunto planificado de medidas y recursos para alcanzar la igualdad real y efectiva del colectivo LGTBI antes del 2 de marzo de 2024, fecha límite para disponer de un Plan. Como parte de éste, también se deberá disponer de un Protocolo de Actuación ante situaciones de violencia o acoso contra las personas LGTBI.

En este sentido, se trata de erradicar posibles situaciones de discriminación y acoso que este colectivo pueda sufrir en el ámbito laboral.

Dudas a raíz de su pendiente reglamentación

Según las consultas realizadas por parte de empresas con las que colaboramos ante la inquietud de los plazos en los que nos movemos, se han traslado estas dudas a la Dirección General de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI Ministerio de Igualdad. La respuesta ha sido clara: se trata de una obligación que estas organizaciones tienen que materializar antes del próximo mes de Marzo.

Quisiéramos recordar que la reglamentación del artículo 15 de la Ley 4/2023 está todavía pendiente a un mes de cumplirse el plazo. Dicha Ley también indica que “las medidas serán pactadas a través de la negociación colectiva y acordadas con la representación legal de las personas trabajadoras”, con lo cuál el plan deberá se acordado con la Representación Social.

Proceso para la elaboración del Plan LGTBI

Como ocurre con los Planes de Igualdad, para poner en marcha un Plan de LGTBI debemos seguir una serie de pasos:

  1. Diagnóstico de situación de las personas LGTBI en las organizaciones (como ejemplo de herramienta, se podría plantear una encuesta anónima a la plantilla donde cada persona se pudiera identificar como LGTBI, entre otras acciones).
  2. Definición de unos objetivos claros y medibles, en base al diagnóstico previamente realizado.
  3. Plan de actuación con medidas concretas, fechas de implementación, responsabilidad, etc.
  4. Indicadores de seguimiento de dichas acciones.
  5. Evaluación, Ciclo de mejora y Actualización.

Si tu organización tiene alguna duda sobre cómo implantar un Plan LGTBI, desde CONSULTORÍA IGUAL-AR podemos ayudarte.

 


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