Nuevo Manual para la realización del protocolo contra el acoso en el trabajo.

Comparte en:

El Ministerio de Igualdad ha publicado recientemente un nuevo manual para la realización del protocolo contra el acoso sexual en la empresa, tanto por motivación sexual, discriminación por razón de sexo o por atentado contra la libertad sexual de las personas que conforman la plantilla.

Se amplían las recomendaciones con el objetivo de guiar a todas las empresas a disponer de un protocolo completo e integral.

Como novedad, este nuevo manual atiende también a otras conductas que atentan contra la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo, respondiendo así a la necesidad de cumplir no solo con la Ley Orgánica 3/2007, sino también con la Ley Orgánica 10/2022 y la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.

Igualdad advierte del “efecto devastador en la integridad física, psíquica y moral” del acoso sexual sobre las personas trabajadoras, especialmente en las mujeres. Por ello se considera necesario definir acciones que prevengan estas situaciones, informando de las consecuencias en caso de que ocurra.

El protocolo afectará a toda la plantilla de la empresa, independientemente del número de centros que ésta tenga, las categorías profesionales o los tipos de contrato.

Una empresa que ya disponga de Plan de Igualdad deberá incluir el protocolo como parte del mismo. Para aquellas empresas que no tenga obligación legal de tener un Plan de Igualdad, podrán solicitar su registro ante la autoridad laboral competente.

En el documento se hace referencia al compromiso de la dirección: “manifiesta y publicita su voluntad expresa de adoptar una actitud proactiva en la prevención de cualquier comportamiento contrario a la libertad sexual y la integridad moral”. La empresa deberá tomar conciencia, informar de comportamientos no tolerados y tomar medidas necesarias en caso de que se produzca algún caso.

Obligaciones en materia de igualdad para las empresas

Desde el año 2020 se han ido publicando normativas nuevas que no solo afectan a empresas de más de 50 personas trabajadoras, sino también a organizaciones de menor tamaño.

  • Reales Decretos 901/2020, de planes de igualdad y su registro, y 902/2020, de igualdad retributiva.
  • Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.
  • Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.
  • Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.

Si tu empresa tiene menos de 50 personas en plantilla:

  • Medidas de promoción de la igualdad.
  • Registro Retributivo.
  • Protocolos y formación para la prevención del acoso.

Si tu empresa tiene más de 50 personas en plantilla:

  • Diagnóstico y Plan de Igualdad (el Protocolo de Acoso formaría parte de éste)
  • Auditoria Salarial.
  • Medidas LGTBI.

Si necesitas adecuar el protocolo de tu empresa a la nueva normativa, en Consultoría Igual-AR podemos darte el soporte necesario.

Para más información recomendamos consultar el Manual publicado por el Ministerio aquí.


Comparte en:

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *